Capítulo 1: Introducción
A más de cuatro décadas del retorno a la democracia en Argentina, el poder legislativo de Formosa mantiene en vigor normativas instauradas por la última dictadura militar (1976-1983), lo que pone en entredicho su compromiso con la construcción de un Estado democrático pleno.
Este ensayo examina dos normativas claves que continúan vigentes en la provincia:
El Decreto-Ley N.º 696, promulgado por el genocida Juan Carlos Colombo, que establece el Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

El Código de Faltas de Formosa (Decreto-Ley N.º 794/79), también firmado por Colombo, que originalmente impuso un régimen represivo y luego fue modificado por la Ley 1.689 en 2020, aumentando las penas en el marco de la pandemia del COVID-19.
La pervivencia de estas normas no es un simple anacronismo jurídico, sino una muestra de la falta de voluntad política del poder legislativo de Formosa, con mayoría justicialista, para romper con los vestigios del régimen de facto.
A días de conmemorarse un nuevo 24 de marzo, este análisis es un llamado a la coherencia política de quienes se proclaman defensores de los derechos humanos y el humanismo.
Capítulo 2: El Decreto-Ley N.º 696 y el control del empleo público
El Decreto-Ley N.º 696, sancionado durante la dictadura por el interventor militar Juan Carlos Colombo, regula el empleo público en la provincia de Formosa.
Su objetivo no fue solo establecer un marco normativo administrativo, sino consolidar un sistema de control político sobre los trabajadores del Estado.
Este estatuto impuso reglas que otorgan un poder desproporcionado al Ejecutivo provincial sobre los empleados públicos, lo que en un contexto democrático es una herencia peligrosa.
Según el jurista argentino Roberto Gargarella, las leyes impuestas en regímenes autoritarios tienden a reforzar estructuras jerárquicas que limitan la autonomía de los ciudadanos y perpetúan mecanismos de coerción.
El hecho de que el poder legislativo de Formosa no haya derogado esta norma significa que, en la práctica, el sistema laboral del sector público sigue estructurado sobre una base impuesta por un gobierno ilegítimo.
Capítulo 3: El Código de Faltas de Formosa y la continuidad del Estado policial
Si el Decreto-Ley N.º 696 es una herramienta de control sobre los trabajadores, el Decreto-Ley N.º 794/79, que estableció el Código de Faltas de Formosa, representa un instrumento de control sobre la sociedad en su conjunto.
Este código, también sancionado por Colombo, establecía sanciones arbitrarias que facilitaban la represión y limitaban el ejercicio de derechos fundamentales.
En lugar de haber sido derogado tras el regreso de la democracia, el código fue modificado en 2020 con la Ley 1.689 para incluir artículos aún más restrictivos.
El Código de Faltas y la represión en contexto de pandemia
La Ley 1.689, aprobada en plena pandemia de COVID-19, endureció sanciones en materia de salud pública con disposiciones que atentan contra las libertades individuales.
Entre los cambios más alarmantes están:
El artículo 145, que sanciona con arresto de cinco a treinta días a quienes no cumplan normas de salud pública.
El artículo 146, que en casos de emergencia sanitaria, eleva la sanción hasta sesenta días de arresto si hay tres o más personas involucradas.
El artículo 147, que establece arresto de diez a sesenta días para dueños de establecimientos que no cumplan con medidas sanitarias.
Estos artículos no son simples normas de emergencia, sino que profundizan el uso del Código de Faltas como un mecanismo de control social en Formosa, reproduciendo el esquema de la dictadura en un contexto supuestamente democrático.
El sociólogo brasileño Jessé Souza ha advertido que el uso de normas represivas en contextos de crisis termina consolidando formas de autoritarismo disfrazado de legalidad.
Capítulo 4: La falta de voluntad política para derogar normas de la dictadura
El poder legislativo de Formosa, con mayoría justicialista, no puede alegar desconocimiento de estas normas ni de su origen dictatorial.
La ausencia de voluntad para derogarlas solo puede explicarse por conveniencia política o por la falta de un verdadero compromiso con los principios democráticos.
Los filósofos políticos Enrique Dussel y Chantal Mouffe han señalado que las democracias no solo se legitiman en las urnas, sino en la capacidad de sus instituciones para transformar estructuras de poder autoritarias en espacios de participación real.
Mantener vigentes decretos-leyes de la dictadura es una forma de traicionar la democracia desde sus propios cimientos.
Capítulo 5: El Caso del Decreto-Ley de Entidades Financieras y el paralelismo nacional
A nivel nacional, ocurre una situación similar con el Decreto-Ley de Entidades Financieras de 1977, impulsado por José Alfredo Martínez de Hoz, que aún rige el sistema financiero argentino.
Esta normativa, pensada para consolidar un modelo especulativo, sigue en pie, condicionando el desarrollo económico del país.
El economista argentino Eduardo Basualdo ha señalado cómo este marco normativo ha favorecido el poder de los bancos y restringido el financiamiento del sector productivo, debilitando la soberanía económica.
La permanencia de normativas de facto no es solo un problema de Formosa, sino un síntoma de la resistencia estructural a democratizar el Estado en todos sus niveles.
Capítulo 6: La necesidad de una coherencia ideológica y política
La coherencia entre discurso y acción es fundamental para cualquier movimiento político que se proclame defensor de los derechos humanos.
Los dirigentes del campo nacional y popular deben demostrar en la práctica el humanismo que predican en sus discursos.
La filósofa María Pía López ha enfatizado que el compromiso con los derechos humanos no puede ser selectivo ni quedar solo en la memoria histórica del 24 de marzo. Debe traducirse en decisiones legislativas concretas que eliminen toda herencia jurídica de la dictadura.
Capítulo 7: Conclusión. Sin derogación, no hay democracia plena
La democracia no puede coexistir con normativas impuestas por gobiernos ilegítimos.
Mientras Formosa mantenga en vigor el Decreto-Ley N.º 696 y el Código de Faltas de 1979, la sombra de la dictadura seguirá proyectándose sobre el presente.
Derogar estas leyes no es un simple acto administrativo, sino una reivindicación de la democracia como un proceso de justicia histórica.
El derecho no es neutral
Como ha señalado Derrick Bell, el derecho no es neutral ni meramente técnico: refleja las relaciones de poder de una sociedad y puede ser una herramienta de emancipación o de opresión.
Si los legisladores de Formosa realmente defienden los derechos humanos, tienen la obligación ética y política de eliminar estas normativas de una vez por todas.
La democracia no se trata solo de recordar el pasado, sino de corregirlo en el presente.
La democracia no se construye con discursos vacíos ni con homenajes simbólicos una vez al año. Mientras el poder legislativo de Formosa siga permitiendo que las leyes impuestas por genocidas regulen la vida de sus ciudadanos, la dictadura no será solo un recuerdo del pasado, sino una realidad presente en cada sanción, en cada arresto arbitrario, en cada estructura de control impuesta sobre la sociedad.
La historia ya dictó sentencia sobre Colombo y sus crímenes, pero la verdadera condena no será completa hasta que su legado normativo sea erradicado de raíz.
No hay excusas, no hay más tiempo.
Cada día que pasa sin derogar estas leyes es un día más en que el terrorismo de Estado sigue respirando dentro del sistema democrático.
O se elige la coherencia con los principios de justicia y derechos humanos, o se sigue siendo cómplice de un pasado que, en Formosa, aún no ha terminado.
Memoria
Sin memoria no hay justicia, y sin justicia no hay democracia.
Recordar el 24 de marzo no puede ser solo un ejercicio de memoria pasiva, un ritual vacío de contenido si las mismas estructuras de represión siguen intactas.
La memoria sin acción es complicidad.
No basta con discursos emocionados ni con la reivindicación abstracta de los derechos humanos si, en la práctica, se sigue administrando un sistema legal construido por los mismos verdugos del pueblo.
Las leyes de la dictadura no son reliquias inofensivas: son las cadenas que aún atan a Formosa a un pasado de miedo y sumisión.
La verdadera justicia exige más que conmemoraciones: exige decisiones valientes, actos concretos y la voluntad política de sepultar, de una vez por todas, la sombra del genocidio en el derecho y en la vida cotidiana.
La banalidad del mal
Nada perpetúa más la injusticia que la maquinaria burocrática que la administra sin cuestionamientos.
Como advirtió Hannah Arendt en Eichmann en Jerusalén, el mal no siempre se manifiesta en gestos grandilocuentes de violencia, sino en la rutina impersonal de quienes aplican normas injustas como si fueran meros engranajes de un sistema inmutable.
Cada juez que dicta sentencia basándose en el Código de Faltas de 1979, cada funcionario que lo aplica sin objeciones, cada legislador que elige ignorar su origen, se convierte en parte de la banalidad del mal, en esa estructura que normaliza la opresión bajo la excusa de la legalidad.
Pero lo legal no siempre es justo, y lo injusto no deja de serlo por el simple hecho de estar escrito en un código.
La historia ya nos ha enseñado de qué lado quedan aquellos que obedecen sin cuestionar. Ahora la pregunta es: ¿qué harán los que aún tienen el poder de cambiarlo?




