El plazo establecido para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/julio 2023 se extiende hasta el hasta el próximo jueves 27 de julio inclusive. Cuándo hay que cambiarse de categoría y cómo hacerlo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para realizar la recategorización del monotributo, hasta el próximo jueves 27 de julio inclusive, según se informó oficialmente.
En un comunicado, la AFIP decidió prorrogar el plazo establecido para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/julio 2023.
El organismo fiscal aclaró que «los períodos de recategorización se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica».
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
Finalmente el organismo señaló que «para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría».
CÓMO SÉ SI TENGO QUE RECATEGORIZARME EN EL MONOTRIBUTO
Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. Mientras que aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.
Además, para recategorizarse en los niveles del monotributo, hay que analizar que no hayan cambiado los valores de facturación, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados en los últimos 12 meses.
Según el total de los valores que arroje cada parámetro, habrá que recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. Si corresponde quedarse en la misma categoría, no se debe hacer ningún trámite.
CÓMO HACER LA RECATEGORIZACIÓN DEL MONOTRIBUTO EN AFIP
Pasos a seguir:
-Ingresar al sitio web del Monotributo.
-Completar CUIT, clave fiscal y presionar «Aceptar».
-Seleccionar la opción «Recategorizarme»
-Ir al apartado de «Continuar recategorización».
-Informar los nuevos parámetros.
-Apretar la opción «Imprimir credencial». Así, el sistema emitirá el Formulario 184 (como comprobante de la recategorización realizada) y la nueva Credencial de Pago.
CUÁLES SON LAS NUEVAS ESCALAS DE MONOTRIBUTO A PARTIR DE JULIO
Categoría A: pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58
Categoría B: de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45
Categoría C: de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60
Categoría D: de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33;
Categoría E: de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15.
Categoría F: de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
Categoría G: de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71
Categoría H: de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11.
Categoría I: pasará de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06
Categoría J: de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68
Categoría K: de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01.